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ANH elimina certificado de sustancias controladas para importar y vender diésel

La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) eliminó la exigencia del certificado de sustancias controladas para la importación y comercialización de diésel. La medida se aplica en el marco del Decreto Supremo 5503, mediante la Resolución Administrativa 0026/2025, emitida el 23 de diciembre.
La norma establece cambios en tres áreas clave vinculadas al manejo del combustible, con el objetivo de agilizar trámites y asegurar el abastecimiento.


Cambios en la importación de diésel
En el proceso de importación, la ANH eliminó como requisito la “Partida Arancelaria” y el “Certificado de Registro u otro documento emitido por la Dirección General de Sustancias Controladas”.


Esta modificación reduce pasos administrativos para las empresas que internan diésel al país.


Puestos de venta y control a usuarios directos
Para la construcción, adecuación y operación de puestos de venta, ya no será obligatorio presentar el requisito “Original o Copia Legalizada vigente de la inscripción en el Registro de la Dirección General de Sustancias Controladas”.


En el registro y control de comercialización a usuarios directos y clientes directos, también se elimina la “Copia Simple del Certificado de Registro otorgado por la DGSC”.
La ANH señaló que estas acciones buscan optimizar los procesos regulatorios, reducir cargas administrativas y contribuir al normal abastecimiento de combustibles en el país.